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El Ayuntamiento de Posadas convoca subvenciones para asociaciones sin ánimo de lucro que desarrollen actividades de acción social en 2025

El Ayuntamiento de Posadas ha aprobado la convocatoria de subvenciones dirigidas a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro del municipio que desarrollen actividades en el ámbito de la acción social durante el año 2025. Esta medida, aprobada por la Junta de Gobierno el pasado 17 de julio, tiene como objetivo fomentar programas de interés público que promuevan el bienestar de la ciudadanía.

La convocatoria, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba se rige por el régimen de concurrencia competitiva. El plazo para presentar solicitudes será de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación oficial, pudiendo las entidades interesadas consultar el texto íntegro en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es).

Apoyo a la acción social

Las entidades beneficiarias serán aquellas asociaciones sin ánimo de lucro legalmente constituidas que desarrollen, dentro del término municipal de Posadas, proyectos sociales entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025. Estas actividades deberán centrarse en ámbitos como la prevención, la asistencia, la incorporación social, la participación ciudadana o la promoción de la igualdad.

El Ayuntamiento destinará 20.000 euros a esta convocatoria, con cargo a la partida presupuestaria 231.48900 del Presupuesto General de 2025. Las ayudas económicas están orientadas a respaldar iniciativas de contenido social que impacten positivamente en la comunidad local.

Documentación y requisitos

Las asociaciones interesadas deberán presentar una solicitud dirigida al Ilmo. Sr. Alcalde Presidente, conforme al modelo oficial incluido en las bases, junto a una serie de documentos administrativos y técnicos. Entre ellos se encuentran certificados bancarios, documentación fiscal, acreditación de representación legal, memorias del proyecto y presupuestos detallados.

La documentación podrá entregarse en el Registro General del Ayuntamiento o mediante los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El Ayuntamiento recuerda que toda la información y formularios estarán disponibles en sus oficinas situadas en la Plaza del Ayuntamiento.

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