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Fuente Palmera aprueba definitivamente la tasa por el uso de edificios e instalaciones municipales

El Ayuntamiento de Fuente Palmera ha aprobado de forma definitiva la modificación de la ordenanza fiscal que regula la tasa por la utilización de edificios, locales e instalaciones municipales, tras no haberse presentado alegaciones durante el periodo de exposición pública.

El acuerdo fue adoptado inicialmente por el Pleno municipal en sesión ordinaria celebrada el pasado 12 de marzo de 2026 y, posteriormente, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia el 19 de marzo. Una vez transcurrido el plazo legal sin reclamaciones, la normativa ha quedado definitivamente aprobada y ha entrado en vigor tras su publicación íntegra.

La ordenanza establece que el hecho imponible de la tasa será la utilización privativa o el aprovechamiento especial de espacios municipales para la realización de actividades de carácter social, cultural o de ocio, como talleres, conferencias, reuniones o actuaciones.

Serán sujetos pasivos las personas físicas, jurídicas o entidades que obtengan autorización para el uso de estas instalaciones. Las solicitudes deberán presentarse con una antelación mínima de diez días hábiles e incluir información detallada sobre la actividad, duración, número de participantes y finalidad, entre otros aspectos. Además, será obligatorio acreditar el pago previo de la tasa y, en su caso, de la fianza correspondiente.

En cuanto a las tarifas, la ordenanza fija una tasa general de 20 euros diarios para la mayoría de centros cívicos municipales, mientras que instalaciones de mayor capacidad o características específicas, como el Centro Cultural “Paco el Cura”, alcanzan los 150 euros por día, con fianzas de hasta 200 euros. También se contemplan tasas diferenciadas para determinados espacios polivalentes.

Para actividades con fines lucrativos o mercantiles, la normativa establece una tasa de 1.200 euros por día de evento, además de 150 euros diarios para jornadas de montaje o desmontaje, y la obligación de constituir una fianza de 1.200 euros.

La ordenanza incluye asimismo exenciones para actividades formativas y culturales sin ánimo de lucro, así como para talleres organizados por asociaciones y colectivos que fomenten la participación ciudadana. Del mismo modo, quedan exentos del pago los grupos políticos municipales en el ejercicio de sus funciones.

El texto también regula el régimen de devengo —que se produce en el momento de presentar la solicitud— y establece la obligación de depositar una fianza para garantizar la correcta utilización de las instalaciones y la reparación de posibles daños.

Contra esta aprobación definitiva, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses desde su publicación.

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