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La Victoria aprueba de forma definitiva el Reglamento de Uso de sus Instalaciones Deportivas Municipales

El Ayuntamiento de La Victoria ha aprobado de manera definitiva el Reglamento de Uso de las Instalaciones Deportivas Municipales, tras finalizar el plazo legal de información pública sin que se presentaran alegaciones. La resolución, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, confirma que el texto normativo entrará en vigor al día siguiente de su publicación y regirá el funcionamiento de todos los espacios deportivos de titularidad municipal, así como aquellos cuya gestión sea cedida al consistorio.

El reglamento, aprobado inicialmente en la sesión plenaria del 4 de julio de 2025, establece un marco regulador integral para la práctica deportiva en La Victoria, detallando desde los fines de las instalaciones hasta el régimen sancionador aplicable a los usuarios.

Un marco general para garantizar el buen uso de las instalaciones

El Título Preliminar del documento define como instalaciones deportivas todos los espacios municipales destinados a la práctica física y deportiva, ya sean cubiertos o al aire libre, incluyendo zonas complementarias como graderíos, vestuarios y almacenes. Se determina que estas instalaciones podrán acoger tanto actividades deportivas como, de forma excepcional, actos sociales o culturales siempre que no impliquen daños o riesgos.

Asimismo, el reglamento establece que el Área de Deportes Municipal es la autoridad responsable de su aplicación, mantenimiento y control, pudiendo dictar disposiciones complementarias, informar sobre horarios y precios y supervisar la convivencia entre usuarios.

Normas generales de uso y funcionamiento

El Título Primero desarrolla las condiciones básicas para el uso de los espacios. Según el texto, las instalaciones podrán ser empleadas por usuarios individuales, clubes deportivos, asociaciones, centros educativos y otros colectivos dentro de los horarios previamente fijados.

El reglamento hace especial hincapié en la seguridad y el cuidado de las instalaciones, recordando la obligación de utilizar material y calzado adecuados para evitar daños. También se regulan los derechos de los usuarios a ser informados sobre servicios, normas y programas deportivos, y se imponen obligaciones como respetar horarios, el material común y la convivencia con otros deportistas.

El Ayuntamiento deja claro que no se responsabiliza de los accidentes derivados de la actividad deportiva, salvo aquellos causados por defectos en la propia instalación, cubiertos por su seguro de responsabilidad civil.

Entre las prohibiciones expresas, destacan fumar en cualquier zona deportiva, así como la venta y consumo de alcohol o drogas. Igualmente, se restringe el acceso de animales salvo en casos excepcionales autorizados.

Usos ordinarios y extraordinarios de las instalaciones

El reglamento distingue entre usos ordinarios —como entrenamientos, competiciones, alquileres puntuales y actividades compatibles— y usos extraordinarios, para los que se requiere autorización expresa del Área de Deportes. Estos incluyen actividades deportivas no específicas de cada instalación o eventos no deportivos que puedan desarrollarse puntualmente en dichos espacios.

Del mismo modo, se detallan las normas relativas a la cesión de instalaciones, la obligatoriedad de seguros por parte de los cesionarios y las condiciones de anulación de reservas, que deben solicitarse con un mínimo de 48 horas de antelación salvo casos de fuerza mayor.

Régimen sancionador: infracciones y multas

El Título Segundo introduce un detallado régimen sancionador para garantizar el cumplimiento del reglamento. Las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves, atendiendo a la conducta del usuario, la reincidencia y los daños ocasionados.

Las infracciones leves incluyen trato incorrecto al personal o el incumplimiento de normas básicas. Pueden conllevar apercibimientos o suspensión de uso de hasta seis meses, además de multas de hasta 750 euros.

Las infracciones graves, como insultos, daños voluntarios o la reiteración de infracciones leves, pueden sancionarse con multas de hasta 1.500 euros y suspensión de hasta un año.

Las infracciones muy graves, entre ellas agresiones físicas o daños de gran gravedad, pueden llegar a multas de 3.000 euros y suspensión indefinida del acceso a las instalaciones.

El Ayuntamiento también podrá exigir la reparación económica de cualquier desperfecto causado. El procedimiento sancionador seguirá lo establecido en la Ley 39/2015, garantizando audiencia y derecho a alegaciones.

Un documento de referencia para la comunidad deportiva local

El texto íntegro del reglamento estará disponible para consulta pública en todas las instalaciones deportivas municipales y en los canales oficiales del Ayuntamiento. Su aprobación definitiva, refrendada por unanimidad en el Pleno, supone un avance en la organización y gestión deportiva local, proporcionando un marco claro para el uso responsable y seguro de los espacios deportivos.

Con esta medida, el Ayuntamiento de La Victoria busca mejorar la planificación de sus instalaciones, promover hábitos deportivos saludables y asegurar el correcto mantenimiento de unos recursos esenciales para la vida comunitaria.

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