La Delegación Territorial de Sanidad y Consumo de la Junta de Andalucía en Córdoba ha declarado no apta para el consumo humano el agua de las redes de abastecimiento de Mesas de Guadalora y Bembézar, dos núcleos de población pertenecientes al municipio de Hornachuelos, tras detectar concentraciones de cloratos superiores al límite establecido por la normativa sanitaria.
La resolución, firmada el 30 de octubre por la delegada territorial de Sanidad y Consumo en Córdoba, María Jesús Campos Aguilera, prohíbe utilizar el agua de ambas redes para beber, preparar alimentos y realizar la higiene bucal. No obstante, permite mantener el resto de los usos domésticos, como el aseo personal, el lavado de ropa y la limpieza.
Los controles oficiales realizados el pasado 20 de octubre detectaron concentraciones de cloratos de 1,38 miligramos por litro en la red de Bembézar y de 1,12 miligramos por litro en la de Mesas de Guadalora, frente al valor máximo de referencia de 0,7 miligramos por litro establecido en el Real Decreto 3/2023. Las muestras de confirmación, cuyos resultados se recibieron el 29 de octubre, volvieron a superar los límites, con 1,27 miligramos por litro en Bembézar y 0,95 en Mesas de Guadalora.
La Administración sanitaria considera que estos resultados representan una situación de posible riesgo para la salud de la población abastecida por ambas redes. Según recoge la resolución, una exposición mantenida a concentraciones elevadas de cloratos puede afectar a la captación de yodo y a la función tiroidea, mientras que una exposición aguda puede provocar alteraciones en el transporte de oxígeno en la sangre.
La prohibición de consumo permanecerá vigente hasta que se acredite que el agua vuelve a cumplir los parámetros sanitarios exigidos. Para ello, el responsable del abastecimiento deberá adoptar las medidas correctoras necesarias y presentar a la Delegación Territorial de Sanidad al menos tres análisis consecutivos favorables en cada una de las redes afectadas, con una separación mínima de 24 horas entre las tomas de muestras.
Estos controles deberán confirmar tanto el cumplimiento de los valores establecidos para los cloratos como el de los parámetros microbiológicos relativos a E. coli, enterococos y Clostridium.
La resolución obliga asimismo al Ayuntamiento o al operador responsable del abastecimiento a informar oficialmente a la población afectada en un plazo máximo de 24 horas desde la notificación, prestar especial atención a las personas vulnerables y garantizar el suministro alternativo de agua apta para el consumo.
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