spot_img
miércoles, 29 julio 2026

955 904 771 · 619 850 389 · info@vegadigital.es

spot_img
InicioFuente PalmeraEl Ayuntamiento de Fuente Palmera inicia la modificación puntual de normativa en...

El Ayuntamiento de Fuente Palmera inicia la modificación puntual de normativa en suelo no urbanizable

El Ayuntamiento de Fuente Palmera inicia la modificación puntual de normativa en suelo no urbanizable , así lo han explicado en un nota de prensa desde el consistorio en la que cuenta que el Urbanismo en Andalucía se ha caracterizado por una burocratización extrema que ha supuesto un freno a la actividad económica y social.

Esta situación ha hecho que hoy la mayoría de los municipios cuenten con planeamientos generales obsoletos y desfasados, no realistas, desvirtuando la plasmación de la planificación pública como patrón central que encauza los usos del suelo y racionaliza la transformación urbanística. Esta situación urbanística ha condicionado para mal el desarrollo de nuestra agricultura y ganadería, y ha supuesto un freno muy importante a la agroindustria, según el gobierno local.

La modificación propone la reconsideración de la parcela mínima en suelo no urbanizable, relacionándola al concepto de unidad mínima de cultivo. Con dicha modificación en aspectos pormenorizados, de competencia municipal, pretendemos que nos eviten los trámites, hoy por hoy insalvables, con una modificación estructural.

Así se permitirá la edificación de construcciones agropecuarias en parcelas más pequeñas, para ajustarse a la realidad del parcelario rústico, teniendo en cuenta la creciente tipología de regadío, es imprescindible adaptarnos a la realidad agraria de la Colonia de Fuente Palmera.

La edificación agrícola se autorizará en parcelas de regadío a partir de 2.500 m2, con un 0,5% de ocupación máxima, un parámetro cuatro veces inferior al actual, lo que evidencia que se podrían autorizar proyectos que pudieran solicitar licencia con estas nuevas normas.

El término municipal es un continuo de parcelas de carácter agrícola con un tamaño diverso, siendo el grueso de tamaños más frecuente el de 5000-25.000 m2, es imprescindible adaptarnos a la realidad agraria de la Colonia de Fuente Palmera.

Actualmente, la distribución de la propiedad en la Colonia, se caracteriza por un al- to porcentaje de explotaciones de pequeña superficie,( el ochenta por ciento por debajo de los 25.000 metros cuadrados) junto al cambio en la intensidad productiva de los cultivos existentes y a la incorporación de nuevas plantaciones de frutales y cultivos hortícolas,  han modificado las necesidades de los sistemas productivos agrarios actuales.

La Colonia de Fuente Palmera ha ido aumentando de la superficie intensiva y de frutales en detrimento de cultivos tradicionales. Estas explotaciones dedicadas en su mayoría al cultivo de olivar, naranjo, frutales de hueso y hortícolas al aire libre o en invernadero, necesitan para su rentabilidad de la existencia de edificaciones o instalaciones asociadas a  los mismos y que con las normas de ordenación, vigentes actualmente, no encuentran cobertura legal.

Los cambios de usos y la mejora de la capacitación técnica demandan mayor maquinaria y medios y otro tipo de parcelas, de menor tamaño, que son las que se han ido generando en gran parte del término municipal.

Se propone desagregar los usos o instalaciones agropecuarias en tres categorías o grupos, de manera que un uso sea la edificación agrícola, otro sea un uso de vivienda vinculada a fines agrarios y un tercer uso agropecuario que se denominará instalación ganadera intensiva que engloba a las granjas.

En la modificación puntual se cambia la denominación única de actividad agropecuaria en suelo no urbanizable por tres: edificación agrícola, vivienda vinculada a fines agrarios y la instalación ganadera intensiva, modificación de gran alcance para muchos agricultores y ganaderos de la Colonia para poder desarrollar sus actividades.

De cada uno de ellos se definirá con detalle el alcance, así como las normas relativas a la parcela mínima, a la ocupación y a las específicas de implantación de la actividad.

En la instalación ganadera intensiva, se disminuye la ocupación a la mitad, pasando del 50% al 25%, demanda de los ganaderos de la Colonia de Fuente Palmera.

Y en el caso de la vivienda, se permitirá ligada a fines agrícolas.

NOTICIAS RELACIONADAS

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

- Publicidad -spot_img
- Publicidad -spot_img
- Publicidad -spot_img
- Publicidad -spot_img
- Publicidad -spot_img
- Publicidad -spot_img
Vegadigital
Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.